El “legado” es una de esas instItuciones jurídicas que todo el mundo sabe lo que es, pero que cuando se les pregunta ya no están tan seguros. Baste decir que ni siquiera la ley los define, refiriéndose a ellos como si efectivamente fuera tan obvio su concepto que no merece definición: por un lado dice la ley que “El testador puede disponer de sus bienes a título de herencia o de legado”, y por otro que “Llámase heredero al que sucede a título universal, y legatario al que sucede a título particular”. Y se acabó.
En primer lugar, el legado es una manifestación de voluntad plasmada en testamento. Si no hay testamento, no hay legado.Y en segundo lugar se trata de una adjudicación “a título particular”, lo que supone la adjudicación de un bien concreto. Mientras que el heredero es llamado a heredar una parte sobre la totalidad de la herencia, es decir “a título universal”, que se concretará en los bienes que se le adjudiquen en la ulterior partición de la herencia, el legatario es llamado a adquirir un bien concreto, que ya desde el primer momento de apertura de la sucesión se sabe cual es.
Hasta aquí parece sencillo, pero la práctica jurídica desmiente toda simplicidad. Y es que adquirir un bien de una persona fallecida a título de legado o a título de herencia, tiene efectos jurídicos distintos. Baste decir que el legatario no responde de las deudas del difunto, salvo cuando toda la herencia se distribuye en legados, en cuyo caso los legatarios responderán de las deudas de forma proporcional al valor de sus respectivos legados, pero solo hasta donde alcance el valor del legado recibido. Mientras que el heredero si responderá de las deudas del difunto. Por eso resulta de gran importancia determinar si una persona adquiere por legado o por herencia, para lo que se observarán las palabras empleadas en el testamento, pero en caso de duda se atenderá a la voluntad del testador, como así se desprende del Código Civil: “El heredero instituido en una cosa cierta y determinada será considerado como legatario”. Y ello con independencia de las palabras empleadas por el testador.
A pesar de que el legado supone la adjudicación expresada en un testamento de un determinado bien a una determinada persona, el legatario no puede por si solo tomar posesión del legado, sino que tendrá que pedir su entrega al heredero o al albacea.
El testador podrá nombrar sustituto al legatario para caso de que le premuera, renuncie al legado o esté incapacitado para aceptarlo, en cuyo caso el legado pasará al nombrado como sustituto. En cuanto a este sustituto, podrá ser uno o varios, y sustituirse de forma simultánea (si no adquiere el legatario adquieren todos los sustitutos), o bien de forma sucesiva, es decir uno después del otro. La ley también admite las sustituciones fideicomisarias en los legados, por cuya virtud el testador deja al legatario un determinado bien para que lo conserve y transmita a un tercero. Incluso se admite que el testador lege a una persona la propiedad de un bien y el usufructo a otra.
También podrá leer en algún testamento la expresión “prelegado”, referida al supuesto de que el legatario a su vez sea heredero, como por ejemplo en el supuesto de que el testador tenga tres hijos y manifieste: prelego a mi hija Juanita la vivienda A, a mi hijo Antonio el apartamento B, y en el remanente instituyo herederos por iguales partes a mis tres hijos.
En casos de prelegados, podrá renunciarse a la herencia y aceptarse el legado, o a la inversa.
Por otro lado, el testador puede imponer al legatario la obligación de entregar algo a un tercero. Es el llamado “sublegado”, del que solo responderá el legatario hasta donde alcance el valor de su legado. Pero teniendo en cuenta que el sublegado no tiene por que consistir en parte del legado, sino que puede referirse a cosa distinta: lego a Juan mi coche, con obligación de que éste transmita su moto a Pepe.
En cuanto al objeto del legado, puede ser cualquier cosa o derecho de contenido patrimonial, que suponga un beneficio para el legatario, y que esté dentro del comercio. YO ME QUEDO EN CASA!, y con todo mi apoyo y respeto para los que se ven obligados a salir.