NUEVA LEY ESPAÑOLA DE MASCOTAS.-

Durante el mes de Diciembre de 2017 que ya dejamos atrás se discutió en el Parlamento nacional la nueva “Ley de Mascotas”. Se trata de adaptar la norativa española a la que ya existe en paises de nuestro entorno europeo, siendo además una “norma amable” a la que nadie se puede oponer, porque nadie en su sano juicio desea el maltrato animal.

El espíritu de la norma tiende a la consideración de los animales como seres vivos sensible, abandonando la concepción jurídica vigente hasta entonces de considerar a los animales “cosas”. Y esta nueva concepción tiene importantes efectos jurídicos, como por ejemplo que ya no se podrá embargar un animal por deudas de su propietario para venderlo en pública subasta.

Pero esta nueva situación no llega al extremo de atribuir “personalidad jurídica” a los animales, cualidad que sigue reservada a las personas, únicas por tanto con capacidad para ser propietarias o heredar.

Y viene esto a colación de la preocupación que muchas personas me han manifestado con respecto a sus mascotas para cuando fallezca su propietario. Y en este sentido la situación no ha variado.

Por tanto, por mucho que una persona quiera a su perro, y que probablemente éste le ha acompañado e incluso entendido en los momentos más difíciles de la vida, y en ocasiones merezca en justicia el animal ser más acreedor de la herencia de su dueño que los hijos de éste, lo cierto es que el perro no puede directamente heredar.

En el supuesto de que la persona fallecida tenga hijos, las dos terceras pates de la herencia obligatoriamente serán para los hijos. Pero siempre tiene el testador una tercera parte de la herencia, o toda ella si no tiene herederos, para hacer las disposiciones que tenga por conveniente, y si bien no podrá designar heredero directamente al animal, si podrá designar heredero a una persona o institución con obligación de utilizar toda o parte de su herencia en beneficio del animal, y en la forma que así establezca el causante. De esta forma podrá ganar tranquilidad el dueño del animal al tener la certeza de que a su muerte será convenientemente atendido. Y seguro que lo merece.

Feliz año 2018.