En el supuesto de que la persona fallecida sea arrendataria de un inmueble, y desear sus herederos subrogarse en su posición para continuar en el arrendamiento, deberá comunicársele tal circunstancia al arrendador en determinado plazo, ya que en caso contrario podría resolverse el contrato de arrendamiento.

Debemos distinguir si el contrato de arrendamiento tiene por objeto una vivienda u otro objeto distinto a la vivienda, como puede ser un local comercial, nave industrial, solar, etc.

En el supuesto de Arrendamiento de Vivienda dispone la ley que “El arrendamiento se extinguirá si en el plazo de tres meses desde la muerte del arrendatario el arrendador no recibe notificación por escrito del hecho del fallecimiento, con certificado registral de defunción, y de la identidad del subrogado, indicando su parentesco con el fallecido y ofreciendo, en su caso, un principio de prueba de que cumple los requisitos legales para subrogarse. Si la extinción se produce, todos los que pudieran suceder al arrendatario, salvo los que renuncien a su opción notificándolo por escrito al arrendador en el plazo del mes siguiente al fallecimiento, quedarán solidariamente obligados al pago de la renta de dichos tres meses.”

Si por el contrario el Arrendamiento es para uso distinto al de Vivienda dispone la ley que “En caso de fallecimiento del arrendatario, cuando en el local se ejerza una actividad empresarial o profesional, el heredero o legatario que continúe el ejercicio de la actividad podrá subrogarse en los derechos y obligaciones del arrendatario hasta la extinción del contrato. La subrogación deberá notificarse por escrito al arrendador dentro de los dos meses siguientes a la fecha del fallecimiento del arrendatario.”

Observamos por tanto los breves plazos para realizar la comunicación al arrendador: tres meses en casos de vivienda y dos meses en caso de arrendamientos para uso distinto al de vivienda. Y en éste último caso además la persona que se subrogue deberá continuar en la misma actividad económica que desarrollaba la persona fallecida.